Supermercados del país con nueva reglamentación
A partir del 1 de noviembre entrará en vigencia la nueva reglamentación emitida en Agosto por la Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM). Se trata del “Manual de buenas prácticas comerciales para el sector de los supermercados y/o similares y sus proveedores”, que tiene por objetivo establecer mecanismo para que supermercados y proveedores trabajen de forma equilibrada y, al mismo tiempo se eviten prácticas abusivas en este mercado.
Esta normativa se aplicará para todos los supermercados, comisariatos, hipermercados, tiendas grandes, bodegas, distribuidores, proveedores e importadores, entre otros.
A continuación, algunos extractos de artículos destacados de este manual:
- «En la promoción publicitaria de los productos, se dará preferencia a aquellos productos nacionales que sin ser muy conocidos, contengan altas cualidades nutritivas» (artículo 5, numeral 10).
- «Todos los productos, sin excepción alguna, deberán contener información clara y precisa en sus tablas nutricionales que permitan conocer sus contenidos, efectos y excepciones para el consumo» (artículo 17, literal a).
- «Todos los productos exhibidos deberán contener en forma clara, precisa y perfectamente legible, el precio final, la fecha de expiración, y otras indicaciones relevantes a la calidad del producto» (artículo 17, literal b).
- «Deberán publicar mensualmente, en sus respectivos portales web, el listado de todos los productos que ofrecen con sus respectivos precios finales» (artículo 31).
Adicionalmente, según Pedro Páez, superintendente de la SCPM, esta normativa tiene por objetivos impulsar a las Pymes (pequeñas y medianas industrias) y evitar prácticas discriminatorias hacia ellas.
Otros puntos que llaman la atención de este manual son:
Pagos a proveedores: El artículo 9 establece plazos de pago de acuerdo a la facturación anual de cada empresa.
No más amenazas: Páez dijo al diario El Comercio que durante las reuniones con los proveedores recibió quejas de que ciertas cadenas les prohibían vender sus productos a otras. Ahora gracias al artículo 24 del manual se prohíbe esta práctica.
Perchas/góndalas: Se trata de uno de los temas que más está llamando la atención de los marketers, después de todo, la ubicación de un producto influye en la compra del mismo. Ahora con la reglamentación no se permite que una categoría de productos por su marca ocupe exclusivamente una góndola o estantería, sino que esta deberá estar ocupada también por productos similares o de la competencia, y su espacio, según el artículo 18, no deberá ser inferior al 15% de la percha.