Sexismo, Supercom y una hamburguesa

 Sexismo, Supercom y una hamburguesa

Entre el 30 y el 31 de marzo, los canales TC, Ecuavisa, Manavisión y Canal Uno, recibieron una solicitud por parte de la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) de suspender la trasmisión del comercial Carl’s Jr Awesome, de 26 segundos de duración. Éste muestra a la modelo estadounidense Samantha Hoopes en bikini junto a un auto de lujo, jugando con otros elementos como una esponja y un balde con agua, para promocionar la hamburguesa Awesome Onion Bacon Burger.

La solicitud de la Supercom se soporta en el artículo 94 de la Ley de Comunicación que menciona que el Superintendente de Comunicación puede disponer la suspensión de la publicidad cuando ésta induzca a la violencia, la discriminación, el racismo, la toxicomanía, el sexismo, y la intolerancia religiosa o política.

Así, la institución pidió la suspensión del spot “hasta la modificación de su contenido” alegando que “induce al sexismo, por cuanto existiría una “cosificación” de la mujer que junto al auto de lujo y la hamburguesa, en una relación semiótica connotativa son expuestos como objetos de consumo”.

Ante el pedido de la Supercom, la marca respondió creando una versión editada del video original: un spot de 20 segundos en el que lo único que se mantiene del primero es una toma de la joven modelo mordiendo la hamburguesa. Al final, el spot invita a los espectadores a ver el comercial completo en su canal del YouTube. En siete días, el video suma más de 62.000 visitas en esa plataforma.

https://www.youtube.com/watch?v=SeT87lr2V_k

La decisión de la Supercom aviva el debate sobre la Ley de Comunicación y su relación con la industria publicitaria. Para este comercial, Carl’s Jr recibió el guión y la idea de parte de la filial de la franquicia fuera del país. Pero este caso nos permite mirar el panorama con otra visión: ¿Estamos repitiendo los mismos discursos históricos en la publicidad para promocionar productos que no tienen nada que ver con ellos? ¿Falta comunicación entre las marcas extranjeras presentes en Ecuador y sus filiales fuera del país?

Además, este tipo de inconvenientes nos hace replantearnos las siguientes interrogantes: ¿Hasta qué punto esta ley y su reglamento coartan la libertad creativa de las agencias de publicidad? ¿O es acaso lo contrario: una oportunidad para las agencias locales de encontrar nuevos conceptos e ideas creativas en un contexto limitante?

Thalie Ponce

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